Qué seguros son obligatorios
ART — Aseguradora de Riesgos del Trabajo
Toda persona que tiene empleados en relación de dependencia está obligada por la Ley de Riesgos del Trabajo a contratar una ART. Cubre las prestaciones médicas y económicas ante accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Sin ART, esos costos quedan a cargo directo del empleador.
Seguro de vida obligatorio
Es un seguro que el empleador tiene que contratar para cada empleado en relación de dependencia, independiente de la ART.
Seguros por convenio
Algunos convenios colectivos exigen además un seguro de vida o sepelio propio de la actividad. Lo revisamos según tu convenio.
Qué incluye
- Relevamiento de las coberturas que te exige tu actividad y tu convenio.
- Orientación para la contratación de la ART y del seguro de vida obligatorio.
- Control de que la cuota de ART se liquide correctamente con los sueldos.
- Actualización de la nómina cuando hay altas y bajas.
- Asesoramiento sobre seguros comerciales y particulares para tu empresa.
- Inscripción en IERIC y gestión del fondo de cese laboral para empresas constructoras.
Si tu empresa es constructora
La industria de la construcción tiene un régimen laboral propio. Las empresas tienen que inscribirse en el IERIC (Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción) y, en lugar de indemnización, aportan mensualmente a un fondo de cese laboral para cada trabajador. Nos ocupamos de la inscripción y de la gestión de ese fondo.
Errores frecuentes
- Contratar al primer empleado y no tener la ART vigente desde el primer día.
- No informar las altas a la ART.
- Olvidar el seguro de vida obligatorio porque "ya tengo ART".
- No revisar el seguro que pide el convenio.